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Lex Salica

Lex Salica

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Clovis dictando la Lex Salica. Miniatura, siglo XIV.

La Lex Salica ( Pactus Legis Salicae , dt. Ley sálica ) es una ley antigua tardía del período de migración , que según la visión tradicional fue promulgada 507-511 por orden del rey merovingio Clodoveo I con la nobleza de los francos en el reino franco . Con esta datación, sería uno de los códigos legales más antiguos que se conservan. Sin embargo, la datación se disputa hoy; Karl Ubl argumentó que el núcleo de la lex ya había surgido a mediados del siglo V , cuando los francos todavía eran foederati imperiales . fueron. Sin embargo, algunos pasajes, como el título 47, probablemente datan de finales del siglo VI .

La lex Salica se cuenta entre los derechos germánicos . Se basa principalmente en rituales legales germánico-arcaicos y, por lo tanto, forma parte de las leges Barbarorum . Sin embargo, está influido por el derecho vulgar ( posclásico ), [1] por lo que también se destacan las tradiciones jurídicas romanas .

Lleva el nombre de la tribu franca de los Salfranken y, por lo tanto, no debe confundirse con la familia Salian . El texto está en latín pero contiene fragmentos germánicos. La lex Ripuaria , codificada más tarde en tiempos del rey merovingio Dagoberto I , se basa en la lex Salica .

contenido legal

Manuscrito de la Lex Salica de 793 de Vandalgarius

En la lex Salica se anotan por primera vez prácticas jurídicas que probablemente se transmitían oralmente. Aunque presumiblemente más reciente que el Códice visigodo Euricianus y la lex Burgundionum de los borgoñones , la lex Salica conserva más de la antigüedad germánica, según investigadores como Karl August Eckhardt , porque el grado de romanización de los francos era aún menor en la época relevante . (lo que también es válido para la lex Ripuaria se aplica). Esta posición también se discute en investigaciones más recientes, que, como se mencionó, en parte tiene una influencia más fuerte de laDerecho popular romano tardoantiguo .

casuística jurídica

aspectos penales

Los artículos tratan de todo tipo de casos legales , en los que el culpable, si estaba libre, casi siempre tenía que pagar una multa. Las multas eran elevadas, por ejemplo en caso de robo. Con los francos , ascendieron a muchas veces más que los derechos de otras personas, como los de los frisones , borgoñones o alamanes . [2] Los siervos, por otro lado, eran castigados con castigos corporales como palizas o golpes con una vara y en algunos casos incluso con la muerte.

Las penas diferían dependiendo de quién fue dañado y quién fue el perpetrador, por lo que las diferencias de clase en la sociedad en ese momento quedaron claras sobre la base de las diferentes penas. Por ejemplo, matar a un "romano", es decir, a un galorromano de la población provincial , conllevaba una multa de 100  solidi (monedas de oro) , que equivalía aproximadamente al valor de 100 reses, mientras que matar un franco libre era el doble de multa. , a 200  solidi fue castigado. Nuevamente más alto fue el grupo de los "compañeros de mesa" galorromanos del rey con 300  solidi , mientras que la expiación más alta de 600  solidi por la matanza de guerreros del inmediatoséquito del rey debía ser pagado. También se establecieron multas por abuso verbal, siendo la palabra " puta " la más alta con 45  solidi . Investigadores como Sebastian Scholz sospechan que la clase alta del imperio, incluidos los obispos y los grandes terratenientes romanos, estaba exenta de las disposiciones de la Lex Salica .

Un tercio del weregeld se entregaba al conde que presidía la corte, quien en su mayoría se lo pasaba al rey. La mayoría del resto, dos tercios, recayó en el perjudicado o, en su caso, en su familia. [2]

No hay mención de esto en la Lex Salica , pero ya se ha aplicado la ley penal estatal. Los asesinos podían ser condenados a muerte, los traidores decapitados, los ladrones ahorcados y los esclavos castrados si éstos robaban. Las sanciones finalmente se registraron en los capitulares carolingios (Cap. 10. 23.). [2]

Aspectos de Derecho Civil

El derecho civil era de mucha menor importancia. Esto se debe a que prevaleció la agricultura organizada no contractualmente. Este se gestionaba como un latifundio o autoestablecimiento de campesinos libres, lo que no quiere decir que se desconociera la compra, el trueque, los préstamos o el endeudamiento. La Lex incluso tenía reglas listas, por ejemplo para la garantía de vicios de título en el contrato de compraventa . Los artículos robados se aseguraron como evidencia por medio de un Efang y luego se llevó a cabo el procedimiento del juicio por medio de una concesión formal. Por otro lado, el nivel de información sobre responsabilidad por defectos materiales es insuficiente.

Se conocen, en cambio, regulaciones sobre promesas abstractas de deuda , principalmente bajo la forma de “prenda de fidelidad” ( fides facta ). En la investigación jurídica se atestigua que tiene un carácter equiparable a la estipulación jurídica romana . En su mayoría, el negocio probablemente sirvió para confirmar préstamos. [2]

regulaciones de herencia

Además, la lex Salica -al igual que la lex Ripuaria- contenía disposiciones sobre el derecho sucesorio y el sistema judicial. Mucho más tarde, en base a estas disposiciones del derecho sucesorio, la sucesión al trono en muchas dinastías europeas se determinó de tal manera que las mujeres no podían heredar la corona, aunque no hubiera herederos varones: In terram salicam mulieres ne succedant. [3] Por lo tanto, las mujeres quedaron excluidas de la sucesión.

Hoy, esta disposición particular de la lex Salica se entiende a menudo como la ley sálica por excelencia. De esta forma, sin embargo, se utilizó por primera vez en la segunda mitad del siglo XIV, para legitimar que en 1317 Felipe V había accedido al trono de Francia eludiendo la sucesión femenina, por lo que no solo las hijas del rey estaban excluidas de la sucesión. pero también sus descendientes. Esta disputa sucesoria se convirtió en una de las causas del estallido de la Guerra de los Cien Años . Esta disposición sigue siendo válida hoy en día en algunas monarquías y como derecho interno en la mayoría de las casas aristocráticas alemanas. En 1713 se le concedió la Pragmática Sanción por laAbolición de la monarquía de los Habsburgo . Muchas monarquías que habían aplicado la ley de herencia de Salian durante siglos se han abierto más recientemente a la sucesión femenina (por ejemplo, Suecia en 1980; Bélgica y Noruega en 1991; la Casa de Anhalt en 2010 como la primera familia alemana que gobernó anteriormente). En 1837, la aplicación de la ley sálica en el Reino de Hannover puso fin a la unión personal entre Gran Bretaña y Hannover que se prolongaba durante más de un siglo , desde Victoriasolo podía heredar la corona británica, pero no la de Hannover. Por la misma razón, la unión personal entre el Reino de los Países Bajos y el Gran Ducado de Luxemburgo terminó en 1890 .

gasto

  • JB Herold: Originum ac germanicarum antiquitatum libri . Basilea 1557, 1-37. (reimpreso en Eckhardt 1954)
  • Johannes Merkel: Lex salica . Berlín 1850 con prólogo de Jacob Grimm.
  • Knut Jungbohn Clemente : Investigación sobre la ley de los Salische Franks antes y durante el período real . Berlín 1876. (Edición con explicaciones y primer intento de traducción al alto alemán)
  • Jan Hendrik Hessels: Lex salica. Los diez textos con las glosas y la Lex emendata. Londres 1880.
  • J. Padre Behrend: Lex salica . 2ª edición. Weimar 1897.
  • Heinrich Geffcken: Lex Salica. Editado y explicado para uso académico por… Leipzig 1898.
  • Karl August Eckhardt : Las leyes del Imperio merovingio 481–714 . Böhlau, Weimar 1935. (Derechos germánicos. Textos y traducciones, 1), 1-153.
    • 2ª edición: Karl August Eckhardt: Las leyes del Imperio Merovingio. I. Pactus legis salicae. Comentarios Merovingicae. Witzenhausen 1955, (Derechos germánicos. Textos y traducciones, 1).
    • 3. Edición: Karl August Eckhardt: Las leyes del Imperio Merovingio. I. Pactus legis salicae. Witzenhausen 1963, (Derechos germánicos. Textos y traducciones, 1).
  • Karl August Eckhardt: Las leyes del Imperio carolingio 714-911. I. Francos sálicos y ribuaros . Böhlau, Weimar 1934, (Derechos germánicos. Textos y traducciones, 2, 1).
    • 2ª edición: Karl August Eckhardt: Lex Salica: Recensio Pippina . Böhlau, Weimar 1953, (Derechos germánicos. Textos y traducciones, 2, 1).
  • Karl August Eckhardt: Pactus legis salicae . (Germanenrechte Neue Folge, Derecho germánico occidental).
    • 1, 1: Introducción y 80 texto del título . Musterschmidt, Göttingen 1954.
    • 1, 2: Texto Sistemático . Musterschmidt, Göttingen 1957.
    • 2, 1:65 Título Texto . Musterschmidt, Göttingen 1955.
    • 2, 2: capitulares y 70 texto del título . Musterschmidt, Göttingen 1956.
    • 3: Lex Salica. 100 texto de título. Boehlau, Weimar 1953.
  • Karl August Eckhardt: Pactus legis salicae . Hahn, Hanover 1962, ( Monumenta Germaniae Historica ; Leges; Legesnationum Germanicarum; 4, 1).
  • Karl August Eckhardt: Lex salica . Hahn, Hannover 1969, (Monumenta Germaniae Historica; Leges; Legesnationum Germanicarum; 4, 2) ISBN 3-7752-5054-9 .

literatura

  • Heinrich Brunner , Claudius von Schwerin : Historia legal alemana (= manual sistemático de jurisprudencia alemana) . 2ª edición. Duncker & Humblot, Berlín 1906, DNB 450655083 (dos volúmenes).
  • Hans-Achim Roll: Sobre la historia de la investigación de Lex Salica . Scientia, Aalen 1972, ISBN 3-511-02837-X .
  • Elisabeth Magnou-Nortier: Remarks sur la genese du Pactus Legis Salicae et sur le privilège d'immunité (IVe-VIIe siècles) . En: Clodoveo. Historia y memoria. Sous la direction de Michel Rouche . Volumen 1: Le baptême de Clovis, l'événement . Presses de l'Université de Paris-Sorbonne, París 1997, 495–537, ISBN 2-84050-079-5 .
  • Leges-Gentes-Regna. Sobre el papel de las costumbres jurídicas germánicas y la tradición escrita latina en el desarrollo de la cultura jurídica medieval temprana. Editado por Gerhard Dilcher, Eva-Marie Distler; Erich Schmidt Verlag, Berlín 2006, ISBN 3-503-07973-4 ; en esto:
    • Ruth Schmidt-Wiegand : lenguaje, derecho, lenguaje legal en Franconia y Alemannen del 6 al 8. Siglo. págs. 141-158.
    • Hans-Werner Goetz : Gens-Regnum-Lex: el ejemplo de los francos. págs. 537-542.
  • Bernard Barbiche: Las instituciones de la monarquía francesa en la época moderna, XVI e - XVIII e siècle . PUF , París 1999, 2ª ed. 2001
  • Jean Barbey, Frédéric Bluche, Stéphane Rials: Les lois fondamentales et sucesión de Francia . DUC, 1984.
  • Marc Ferro: Historia de Francia . Poches Odile Jacob, 2001.
  • Éliane Viennot: La France, les femmes et le pouvoir, Volumen 1, L'invention de la loi salique (Ve-XVIe siècle) . Perrin, 2006.
  • Sylvain Soleil: Introducción histórica a las instituciones - du IVe au XVIIIe siècle . Universidad Champs, Flammarion 2002.
  • Karl Ubl: Fundamentos del sentido de un libro de derecho: La Lex Salica en Franconia . Jan Thorbecke Verlag, Ostfildern 2017.

enlaces web

Commons : Lex Salica  - Colección de imágenes, videos y archivos de audio
Wikisource: Lex Salica  - fuentes y textos completos (latín)

desgloses

  1. Uwe Wesel: Historia de la ley: Desde las primeras formas hasta el presente. CH Beck, Múnich 2001, ISBN 978-3-406-54716-4 . no. 156, núm. 178
  2. a b c d Uwe Wesel : Historia de la ley. Desde las primeras formas hasta el presente. 3ª edición revisada y ampliada. Beck, Múnich 2006, ISBN 3-406-47543-4 , página 294.
  3. Esta es la versión simplificada en Shakespeare , Henry V. , I 2. En el original dice ( Pactus legis Salicae 59, § 6): "De terra autem Salica nulla in muliere hereditas est, sed ad virilem sexum, qui fratres fuerint , tota terra pertineat.” (comparar MGH, Legum Sección I, Volumen 4/1 (= Eckhardt 1962), p. 223)